En nuestro país, poco más de la mitad (54%) de las casi seis millones de viviendas rentadas no tiene un contrato formal de arrendamiento, lo que habilita que alquile el espacio a otras personas.

No son pocas las personas -sobre todo jóvenes- que acuden al subarrendamiento como una forma de compartir gastos y tener compañía. También hay quienes buscan recuperar algo de dinero subarrendando su vivienda durante un viaje, o porque deben mudarse antes de que finalice su contrato de alquiler. Por último, están quienes lo hacen simplemente guiados por el ánimo de lucro, como si fuera un modelo de negocio. En este caso, generan dinero sin invertir ni un solo centavo.

Sin embargo, es necesario saber que el subarrendamiento de una propiedad en todos los casos se trata de una actividad ilegal.

El problema es que en México se estima que poco más de la mitad (54%) de las casi seis millones de viviendas rentadas no tiene un contrato formal de arrendamiento, lo que habilita que se repitan situaciones en las que un inquilino, que tiene un contrato para ocupar un apartamento durante un periodo de tiempo determinado, alquile el espacio a otra persona o personas.

La única forma en la que esta situación puede darse en el marco de la ley es en el caso de que el subarrendamiento se especifique y se pacte en el contrato de arrendamiento, como suele ocurrir con las residencias de marca, o branded residences, asociaciones entre un desarrollador inmobiliario y una marca particular.

En ese y otros casos donde se pacte algo así, serán tres partes las que intervengan en la operación inmobiliaria: el arrendador o propietario de la vivienda; el arrendatario o inquilino, que se convierte en subarrendador al firmar el contrato de subarrendamiento; y el subarrendatario, que es el nuevo inquilino del arrendatario.

Las dos condiciones esenciales para poder subarrendar una vivienda es, en primer lugar, contar con el consentimiento por escrito del propietario; y, en segundo lugar, que esa operación inmobiliaria esté permitida en una cláusula del reglamento interno y de la escritura constitutiva del condominio.

«En este contexto, lo ideal es que la administración del edificio conozca el proceso de forma detallada y también las particularidades del condominio», explicó Enrique Gómez, Director Comercial de ComunidadFeliz.

Por ejemplo, debe saber que entre el subarrendador y el subarrendatario existen los mismos derechos y obligaciones que entre propietario y arrendatario, y que el arrendador puede reclamar directamente al subarrendatario los pagos y cuotas de mantenimiento pendientes del  arrendatario.

Además, en el caso de que se subarriende una propiedad sin el permiso por escrito del arrendador, el contrato podrá disolverse inmediatamente e incluso el propietario podrá reclamar por los daños y perjuicios causados.

Por último, es importante aclarar que no se considera subarriendo al uso temporal de una vivienda de modo gratuito, debido a que en esa operación no existe lucro.

Así, a las tareas cotidianas de un administrador de condominios se le suma la necesidad de saber si existe en el edificio alguna unidad subarrendada, y cómo actuar ante esa situación.

«Es cierto. La administración de condominios es un trabajo complejo que requiere mucha organización, atención a los detalles y la capacidad de seguir muchas reglas. Pero afortunadamente, en el siglo XXI, la tecnología puede acompañar y facilitar este proceso», añadió Enrique Gómez.

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Es el sistema digital que ofrece herramientas para administradores, miembros del comité de vigilancia y condóminos orientadas a transparentar las finanzas, organizar la comunidad y facilitar la comunicación entre todas las partes. A través de un software para administrar y una app móvil gratuita se puede pagar a través de STP – SPEI la cuota de mantenimiento, participar en encuestas sobre la convivencia e incluso reservar los espacios comunes sin mayor complicación desde el celular.

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